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Ética de doble carril

Siempre me ha parecido un invento fantástico la diferencia entre la ética de las convicciones y la ética de la responsabilidad. La ética de las convicciones considera que ante un dilema ético (una contradicción entre nuestros principios y nuestros intereses) deben prevalecer nuestros compromisos éticos. Por su parte, la ética de la responsabilidad mantiene un constante diálogo entre el código ético y las necesidades. La ética de la responsabilidad no es tan ortodoxa ni tan exigente. Evalúa las consecuencias (casi siempre perjudiciales, si no fuese así eludiría el escrutinio) que pueden brotar de aplicar estrictamente los estándares éticos. Señala que no es posible ofrecer una respuesta nítida hasta que no se estudia detalladamente la situación en la que se produce la contradicción entre ética e intereses. Propone por tanto ponderar cada caso. De este modo surge una graciosa ética de geometría variable. Si ante un dilema mis convicciones torpedean la llegada de un beneficio, apelo a la ética de la responsabilidad. Pero si alguien nos recuerda la ética de la responsabilidad para que tomemos una decisión que nos desagrada, entonces podemos acogernos a la ética de las convicciones. Surge así lo que yo denomino la ética de doble carril. Da igual la decisión que tomemos. Acallaremos el lado más crítico de nuestra conciencia yendo por un lado o por el otro. En el trato que le damos a la información en una negociación el cambio de carril se da con mucha frecuencia. Presten atención y lo verán.
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